DAÑO OCULTO Y DAÑO APARENTE
DAÑO OCULTO Y DAÑO APARENTE • DAÑO OCULTO En el transcurso de una compraventa, ya sea de un vehículo, una vivienda o cualquier otro bien, nuestra atención principalmente recae en el precio y en la necesidad o no de financiación. En ese momento, normalmente ilusionante, lo último en lo que pensamos es en la posibilidad de que ese bien que adquirimos tenga un defecto oculto que va a impedir su uso con normalidad. Sin embargo, esta situación es más habitual de lo que parece, provocando al comprador y adquirente quebraderos de cabeza indeseados y gastos imprevistos. Esto son los llamados “vicios ocultos” (regulados en el artículo 1.484 del Código Civil) que no son más que desperfectos en el objeto de la compraventa y que no se han podido detectar en el momento de dicho intercambio, provocando que no se pueda utilizar correctamente. ¿Qué se puede hacer en caso de encontrar un vicio oculto en el bien adquirido? Si encontramos estos desperfectos en los bienes que hemos adquirido,...