PRINCIPIOS RECTORES DEL INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL
Este organismo
tendrá su sede central en la capital del Estado y las oficinas que determine el
Reglamento en función a las necesidades de la sociedad con objeto del más
eficiente cumplimiento del servicio y a fin de hacer eficiente, expedito,
efectivo, transparente y equitativo todo lo relativo a la materia de su
competencia, así como la generación, validación, resguardo y administración de
la información territorial del Estado.
Las funciones del Registro Público se llevarán a cabo de acuerdo con los criterios de:
·
Organización,
·
Modernidad,
·
Vanguardia,
·
Eficacia,
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Transparencia,
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Normas de calidad,
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Control de gestión,
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Uso adecuado de tecnologías,
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Accesibilidad,
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Legitimidad,
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Publicidad de los actos,
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Seguridad jurídica
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Agilidad, profesionalización,
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Capacitación,
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Especializaciones permanentes de su personal,
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Preservación del acervo documental,
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Vinculación intergubernamental y
·
Todos aquellos que contribuyan a garantizar la
eficiencia en la prestación del servicio público
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